LA RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL
DEL VETE
RINARIO

ÁMBITOS PENAL Y CIVIL

 

 

 

 

 

 

D. Juan José Jiménez Alonso

Abogado
 

Dr. Alfredo Fernández Álvarez

Veterinario

Perito Veterinario

 

Es propiedad de:

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www.amazingbooks.es

Editor: Javier Ábrego Bonafonte.

Pº de la Independencia Nº 24-26.

8ª planta, oficina 12.

50004 Zaragoza - España.

 

Primera edición: Enero 2018

 

ISBN: 978-84-17403-08-9

 

Como citar este libro:

Jiménez Alonso, Juan José – Fernández Álvarez, Alfredo – LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL VETERINARIO – 2018 – ISBN: 978-84-17403-08-9 Ed. Amazing Books. España.

 

Presentación del libro

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Nota importante: Todos los casos clínicos, procedimientos judiciales y peritaciones están basados en casos reales. Se han omitido los datos personales con el objetivo de preservar la confidencialidad de los titulares e instituciones implicadas.

 

 

Presentación de los autores

Es un placer escribir esta presentación, por la admiración y el reconocimiento que tengo por la labor de los autores, por la amistad que se ha fraguado a lo largo de mi colaboración con ambos, y por la oportunidad y pertinencia de esta obra realizada en equipo.

Juan José Jiménez Alonso es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y abogado en ejercicio desde 1989. Su relación profesional con la veterinaria se inicia en 1993, al empezar a trabajar con el Consejo General de Colegios Veterinarios de España, pasando poco después a ser Director de los Servicios Jurídicos de esta institución. Se ha responsabilizado de asuntos administrativos y contenciosos-administrativos en el ámbito de los Colegios Profesionales Sanitarios, así como en asuntos de responsabilidad profesional; su valía y dedicación le han convertido en uno de los mejores expertos en estas áreas del derecho.

Además, Juan José tiene un amplio conocimiento de la profesión veterinaria en sus múltiples facetas y ha llevado gran cantidad de asuntos relacionados con la profesión; en consecuencia sabe mejor que nadie cómo poner sus amplios conocimientos jurídicos al servicio de la veterinaria. Conocimientos que comparte generosamente en cursos, seminarios y otros foros sobre distintos temas relacionados con el ejercicio profesional sanitario, y veterinario en particular.

Alfredo Fernández Álvarez se licenció en Veterinaria por la Universidad Complutense de Madrid en 1988. Cuenta con formación avanzada en Traumatología, en Ortopedia y en Cirugía de Tejidos Blandos. Tiene un Máster Oficial Universitario en Pericia Sanitaria Especializado en Veterinaria y es Doctor por la Facultad de Veterinaria en la Universidad Complutense de Madrid.

Ha desarrollado una dilatada carrera profesional como veterinario clínico de animales de compañía y es fundador de las Clínicas Veterinarias Peñagrande, en las que compatibiliza la cirugía y clínica veterinaria con sus funciones de Director General de la empresa. Es miembro de la Comisión Nacional de Deontología del Consejo General de Colegios Veterinarios de España, vocal de la Comisión Nacional para el Bienestar Animal y miembro fundador del Observatorio contra el Maltrato Animal.

Paralelamente ha prestado sus servicios como experto en peritación veterinaria y veterinaria legal. Su participación en múltiples procesos judiciales, junto a la elaboración de gran cantidad de informes periciales muy diversos, le han hecho acumular una gran casuística y experiencia práctica en la materia. Alfredo recorre la geografía española participando en cursos, seminarios y congresos, en los que informa, forma y sensibiliza a los veterinarios, entre otros, de temas como responsabilidad profesional, peritación o bienestar animal.

Los dos forman el tándem ideal para elaborar esta obra, que profundiza en la responsabilidad profesional de los veterinarios, tanto en el ámbito penal como en el civil. Mi actividad en la Organización Colegial Veterinaria Española o en la Federación de Veterinarios de Europa me ha hecho entender la necesidad de un libro como este. Tanto en España como en el resto de Europa, he podido comprobar que muchos veterinarios no son suficientemente conscientes de la importancia y consecuencias de la responsabilidad profesional en todos los campos de la profesión, como demuestra alguno de los hallazgos de la encuesta sobre la profesión veterinaria en Europa del año 2015.

Rafael Laguens

Presidente de la Federación de Veterinarios de Europa (FVE)

 

 

Prólogo

La profesión veterinaria se encuentra en un proceso de constantes cambios, consecuencia del desarrollo profesional y de los avances científicos y técnicos, así como de los cambios que también se producen en el seno de la propia sociedad en la que se encuentra.

Éstos han tenido como consecuencia que las exigencias profesionales autoimpuestas por los propios veterinarios, así como por parte de los demandantes de nuestros servicios, sean cada día más altas. Ello ha determinado que el número de reclamaciones profesionales por praxis inadecuada haya aumentado de forma preocupante durante los últimos años.

El veterinario tiene la obligación ética y legal de realizar su trabajo con responsabilidad, lo que significa cumplir los deberes y obligaciones que se le asignan pero, también, asumir las consecuencias y los resultados de dichas acciones cuando se haya podido causar un daño a un tercero.

Un buen número de los profesionales veterinarios no se preocupan suficientemente por los aspectos normativos hasta que se enfrentan con una experiencia personal o cercana, siendo, entonces, cuando adquieren la conciencia de la importancia de conocer los aspectos fundamentales de carácter legal que regulan el ejercicio de su profesión.

Resulta por ello fundamental conocer los deberes que nos impone la responsabilidad profesional tanto en el orden penal como civil con el objetivo de ofrecer prestaciones sanitarias veterinarias cada día más eficientes y más seguras para el propio profesional.

El texto, contiene los elementos fundamentales que el profesional debe conocer, acompañados de ejemplos prácticos, que acercan al lector a esas situaciones y le permiten entender la necesidad de cumplir detalladamente con el marco legal vigente en materia de responsabilidad profesional.

Asimismo, se aportan los elementos necesarios para que el veterinario ejerza su profesión de acuerdo a las obligaciones y deberes legales y con la eficacia y seguridad exigibles desde esa perspectiva.

También se destaca el papel del veterinario cuando participa asesorando e informando de hechos relacionados con su ámbito de experiencia en la Administración de Justicia, labor que desarrolla como perito, como una novedosa área de formación profesional para atender las necesidades que nuestro sistema de justicia demanda. 

Por ello, felicito y agradezco a los autores, que me consta cuentan con una dilatada experiencia en la materia y por tanto no sólo aportan las bases teóricas y legales de la cuestión, sino el resultado de sus vivencias prácticas adquiridas a lo largo de un buen número de años.

Juan José Badiola Diez

Presidente del Consejo General de Colegios Veterinarios de España

 

 

CAPÍTULO 1

EL EJERCICIO PROFESIONAL VETERINARIO:
CAMBIOS EN LA CONCEPCIÓN
DE LOS ANIMALES

 

 

CAPÍTULO 1

EL EJERCICIO PROFESIONAL VETERINARIO:
CAMBIOS EN LA CONCEPCIÓN
DE LOS ANIMALES

 

 

La Veterinaria es una de las profesiones más antiguas y que más beneficios ha aportado a la humanidad a lo largo de su desarrollo. El origen de esta ciencia se confunde con el de nuestra propia civilización. Los animales representaron en los albores de nuestra especie una fuente de sustento esencial que permitió nuestra evolución y desarrollo. En el periodo Neolítico, con la llegada de los primeros asentamientos estables, los grupos humanos experimentaron un cambio y una transformación de sus actividades. Los vínculos que la especie humana mantenía con los animales no fueron ajenos a estos cambios, comenzando a crearse nuevas relaciones de interdependencia. El dinamismo en los cambios de relación con los animales por la especie humana ha continuado a lo largo de la historia hasta la actualidad, estableciéndose las bases de los actuales modelos de convivencia, desconocidos hasta el momento.

La consideración que hemos tenido de los animales también ha ido cambiando a lo largo de nuestra historia. Al inicio de los tiempos, éstos fueron considerados como simples “objetos”, elementos valorados desde el punto de vista utilitarista. Se trataba de “alimentos” y/o “herramientas”, necesarias, para completar determinadas actividades. Fueron empleados prácticamente en la mayoría de tareas humanas, como la obtención de alimentos de origen animal, el desarrollo de la agricultura, el transporte de personas y cosas, fuente de tracción mecánica en tareas industriales, como la minería e, incluso, como elemento de defensa y ataque en los conflictos bélicos. Se trataba de modelos de relación dinámicos y cambiantes, entre la especie humana y los animales.

En la actualidad, el concepto utilitarista y materialista que recibieron en los primeros momentos de la historia ha experimentado una transformación sustancial, pasando de ser como “objetos” o “cosas”, a ser percibidos como otros “seres vivos”, dotados de capacidades y sensibilidades, similares a las de la propia especie humana y alejándose del primigenio concepto material.

A dichos cambios en la consideración de los animales, se les ha unido el concepto de tutela y responsabilidad que la especie humana se ha autoimpuesto. Nos cuestionamos cuál es nuestra responsabilidad y qué tipo de cuidados se les deben brindar, generando un importante debate a distintos niveles (ético, moral, social, cultural, legal, económico y científico) que ha dado lugar a novedosas áreas de análisis.

Surgen conceptos novedosos e interesantes, como resultado de nuestra reflexión ético-moral, como el “bienestar animal”, “maltrato animal” o, entre otros, el “coste ético”, en relación a la responsabilidad que con ellos tenemos así como a los modelos de relación en las diferentes áreas como, por ejemplo, la producción y tenencia de los mismos. La evolución experimentada en los últimos años ha sido de tal magnitud que, probablemente, podríamos hablar de una verdadera “revolución” en la concepción actual de los animales en el seno de nuestra sociedad.

En nuestro actual entorno social, nos encontramos con una de las áreas donde se han observado estos cambios con mayor intensidad. Es fácil comprobar cómo se han creado estrechas relaciones entre algunas especies animales y el ser humano, llegando a establecerse, en numerosas ocasiones, estrechos vínculos de carácter afectivo con sus propietarios. La creación de estos lazos ha derivado en modelos novedosos de convivencia y en importantes cambios, relacionados con su atención y cuidado. Los animales han pasado a formar parte, no del modo de vida de las personas, sino de sus propias vidas, dando lugar a valoraciones distintas del papel de los animales en nuestro entorno y generando nuevas necesidades e interdependencias.

Como no podía ser de otra manera, la profesión veterinaria no ha sido ajena a estos cambios. Al contrario, se puede afirmar que ha sido una de las disciplinas más condicionadas, en el mejor de los sentidos. La primera, y más importante consecuencia de ello, se ha producido en el nivel de exigencia profesional de los servicios profesionales prestados por estos facultativos: el veterinario ha recibido de nuestra sociedad una mayor exigencia en relación a la eficacia en las actuaciones profesionales, situación que ha supuesto un desarrollo sin precedentes en las prestaciones sanitarias ofrecidas a los animales, en general.

En la actualidad, la demanda de una calidad científica elevada, así como de unos niveles de diligencia y eficiencia notables, en este sector profesional, ha adquirido niveles que no se habían conocido con anterioridad. Ello ha impulsado positivamente su desarrollo, observándose cambios globales en la actitud de los veterinarios que no solo han tenido reflejo en la formación científica, sino también en sus fundamentos éticos, que han dado lugar a nuevas modalidades de prestación de los servicios. Uno de los primeros efectos de estos cambios está representado por la llegada de las distintas áreas de especialización profesional, identificadas como las “especialidades profesionales” (cardiología, oftalmología, traumatología, ortopedia, dermatología, rehabilitación y, entre otras muchas, fisioterapia). Todo ello ha influido en el gran desarrollo de esta profesión en los últimos años.

Sin embargo, no todo ha sido positivo para el veterinario, pues como consecuencia de ese aumento de las exigencias profesionales, también se ha producido un importante incremento de las reclamaciones por supuestos errores o negligencias derivados del ejercicio profesional. El aumento de las acciones reclamatorias se ha multiplicado en los últimos años, adquiriendo tal magnitud que, en la actualidad, ha llegado a constituir una de las principales preocupaciones para el facultativo en su ejercicio cotidiano. Todo ello ha llevado al veterinario a replantear sus modalidades de prestación profesional adecuándolas al actual marco entendiendo que sus actividades deben realizarse bajo criterios inequívocos de calidad cuya primera consecuencia sea una mejora de sus prestaciones profesionales globales que, no solo debe estar sustentada en una adecuada formación científica, sino que también debe contar con un conocimiento suficiente de sus obligaciones y deberes dentro del marco legal que regula sus servicios.

El veterinario debe conocer con rigor y detalle cuáles son sus obligaciones legales y debe adaptar su ejercicio profesional a dicha realidad. Las actualizaciones normativas tienen un carácter dinámico, recogiendo las exigencias que nacen de nuestra propia sociedad. El cambio al que nos referíamos al inicio de este capítulo, el cambio de consideración de los animales, ha llevado al veterinario de prestar sus servicios sobre “cosas u objetos”, a hacerlo sobre “seres vivos”, dotados de capacidades sensibles y que pueden sufrir, por lo que merecen un trato responsable y una deferencia de carácter ético en su atención como elemento sustancial y diferenciador en sus prestaciones facultativas. Es fácil de comprender que el veterinario juega un papel esencial en la identificación y reconocimiento de estos elementos así como en su aplicación.

 

1.1. LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL VETERINARIA: LA “LEX ARTIS AD HOC”

Nuestra sociedad, en general, demanda productos y servicios de calidad. La profesión veterinaria no es ajena a este demanda social. Estas prestaciones están incluidas dentro de las sanitarias. Podríamos considerar, de una forma inicial, que los servicios veterinarios de calidad estarían representados por prestaciones facultativas que ofreciesen a sus usuarios unos servicios sanitarios eficaces, que permitiesen resolver y prevenir convenientemente los problemas de salud que nuestros “pacientes” nos plantean.

El veterinario, como cualquier otro especialista en sanidad, se enfrenta a situaciones complejas en el ejercicio de su profesión. Muchas de las circunstancias que debe atender tratan de cambiar, lo que podíamos definir, como el curso natural de la vida. De ello se desprende que en determinadas circunstancias la labor del veterinario no pueda cambiar o modificar sustancialmente lo que hemos definido como el “curso natural” de las enfermedades. Por ello, el resultado final de sus prestaciones no puede ser considerado, al menos en todas sus actuaciones, como el único elemento para valorar la calidad de su actuación. Para entender de forma más clara esta exposición podemos afirmar que existen situaciones en las que se puede producir la paradoja de que, incluso haciéndolo todo correctamente, el resultado obtenido sea indeseado y/o deficiente. Imaginemos un animal, un “paciente”, afectado por una patología terminal, incurable, donde el veterinario aplica todos los protocolos científicos y procedimientos terapéuticos conocidos de forma adecuada, sabiendo que el resultado final será la mejora transitoria con el horizonte final del fallecimiento de su “paciente”. La actuación del veterinario no va a concluir con la curación del animal enfermo; al contrario, finalizará con el escenario más indeseado por todas las partes, la muerte. Por tanto, no existe un resultado positivo, en términos absolutos, a pesar de haber aplicado todos los protocolos, procedimientos o guías de actuación indicadas. Por ello, debemos entender que la evaluación o valoración de la calidad de las prestaciones profesionales del veterinario es algo mucho más complejo que el análisis de su actuación médica y/o quirúrgica proyectada hacia el resultado final de su actividad.

La calidad de los servicios veterinarios está sometida a numerosas variables que debemos conocer para dirigir nuestras actuaciones hacia dicho fin pudiendo ofrecer un servicio eficaz en todo momento. El veterinario, evidentemente, como elemento fundamental sin el cual no podríamos continuar avanzado debe ejercer correctamente su profesión, aplicando los fundamentos científicos exigibles en cada una de sus actuaciones, pero también debe ser consciente que debe desempeñar fielmente todos sus deberes y obligaciones legales, exigencias directamente relacionadas con sus prestaciones profesionales.

La valoración de la calidad de los servicios veterinarios estará determinada por diversas variables. La primera hará referencia a su adecuada formación científica y técnica, disponiendo de un adecuado conocimiento teórico y práctico del área de dedicación en la que el facultativo presta sus servicios. La segunda está directamente relacionada con la actualización de su conocimiento que deberá ser acorde con el momento de la ciencia, pudiendo acreditarse a través de la formación continuada de calidad y reglada. La tercera se encuentra ligada al conocimiento de lo que se denomina como la “obligación de medios”; en ella se hace referencia a la necesidad de disponer de los elementos técnicos exigibles a las circunstancias concretas del ejercicio profesional en cada caso concreto. La cuarta, y última, incluirá el suficiente conocimiento legal para cumplir con sus obligaciones normativas como por ejemplo el deber de información o, entre otros, el adecuado empleo de la documentación legal.

El cumplimiento del conjunto de todos estos elementos se resumiría en la denominación latina, de “lex artis ad hoc”, es decir, una práctica veterinaria de calidad, adecuada y ajustada a las necesidades del paciente en su conjunto.

La correcta práctica profesional, una actuación dentro de la “lex artis ad hoc”, puede adquirir complejas relaciones y elementos que se pueden interrelacionar de diferentes formas en relación a la información al paciente, formación continuada de los facultativos que intervienen o, dicho de otro modo, su idoneidad, la disponibilidad de nuevos medios tecnológicos que garanticen que los servicios prestados se harán con la seguridad y eficacia necesaria, y la colaboración con otros facultativos creando cadenas de extensión de la responsabilidad derivada de dicha participación y relación jerárquica. El veterinario tiene la exigencia de actuar correctamente en la prestación de sus servicios para lo cual debe conocer con precisión todos los elementos científicos, así como todos los aspectos legales, con el fin de adecuar la práctica del ejercicio cotidiano a las exigencias actuales. Una correcta praxis profesional tiene como primeras consecuencias un mayor éxito en los resultados sanitarios y la reducción potencial de posibles acciones reclamatorias y, en el caso de que estas se produzcan, permite una adecuada defensa y justificación de sus actuaciones con el objeto de poder acreditar de forma objetiva y clara cuál fue el papel del veterinario concretando si ha podido desprenderse o derivarse algún tipo de responsabilidad en sus actuaciones. Una prestación de calidad constituye un reto cotidiano que requiere formación y actualización de los servicios profesionales.

El cumplimiento de la “lex artis ad hoc” por parte del veterinario garantiza su protección en el ámbito de la responsabilidad profesional pero también lo hace con nuestros “pacientes”. El usuario o demandante de estos servicios sanitarios está “cubierto” de una forma muy eficiente de un posible resultado inadecuado, derivado de un error profesional involuntario. La concurrencia de un posible error involuntario, desgraciadamente, constituye una posibilidad. La autoexigencia del colectivo veterinario en la búsqueda constante de la calidad no se encuentra exenta de posibles fallos o complicaciones cuyo origen puede residir en un error profesional. La complejidad de los servicios veterinarios nos lleva a considerar un servicio facultativo como adecuado o de calidad, no sólo cuando los resultados de la misma son los deseados y esperados, sino también en escenarios difíciles de reconocer, cuando se ha producido un supuesto error, activo u omisivo, en sus prestaciones, y el veterinario establece los mecanismos legales adecuados para responder, responsablemente, ante dicho escenario.

 

1.2. LAS RECLAMACIONES PROFESIONALES EN EL EJERCICIO DE LA VETERINARIA

Las acciones reclamatorias dentro del sector veterinario han experimentado un crecimiento sin precedentes en los últimos años. Comparativamente a otras profesiones sanitarias similares (médicos, dentistas, etc.), estas acciones aún tienen una incidencia mucho más baja. Lo cierto es que el incremento gradual y sostenido a lo largo del tiempo debe alertarnos y dirigirnos hacia el estudio de las causas y motivos, analizándolos y estudiándolos, con el fin de evitar que esta evolución se transforme en un problema serio y de mayores magnitudes. Las exigencias a las que se enfrenta en la actualidad la profesión veterinaria son múltiples, diversas y novedosas, lo que ha llevado a estos facultativos a ser objeto de numerosas “tensiones”. Dentro de estas, lo que podíamos denominar como “gestión de reclamaciones” adquiere un papel relevante, como parte inicial del desarrollo de los distintos tipos de exigencias profesionales que puede sufrir el veterinario en el desarrollo de su actividad

Esta situación derivada de la evolución de la incidencia dentro del ejercicio profesional veterinario ha determinado numerosos cambios en las actuales prestaciones profesionales. El cambio en la tendencia de las reclamaciones ha tenido una primera repercusión sobre los profesionales, complicando notablemente la relación tradicional existente entre el usuario de estos servicios, el cliente del veterinario y el propio facultativo. Hace poco más de veinticinco años, las acciones reclamatorias eran prácticamente inexistentes. Se consideraba al veterinario como el único sujeto capaz de luchar contra la enfermedad del animal y sus severas consecuencias. Sin embargo, en la actualidad, la labor del veterinario es analizada de forma detallada en todas sus fases (procedimientos de investigación diagnóstica, aplicación de tratamientos terapéuticos, seguimiento evolutivo del paciente, niveles de información y comunicación con el cliente, etc.), exigiéndole una diligencia y eficacia en el conjunto de sus procedimientos, así como en el empleo de los medios necesarios en cada una de sus acciones. Se revisa su actuación minuciosamente, buscando posibles errores, activos u omisivos en su ejercicio, que puedan explicar un eventual resultado indeseado sufrido por el animal y acreditar su responsabilidad profesional.

Estos cambios han determinado que el veterinario sea “examinado” en el conjunto de su actuación, dejando de ser considerado como la última barrera frente a la enfermedad para constituirse como otro elemento de análisis en el proceso global que podría haber condicionado e influido en un desenlace indeseado. A partir de este momento, el veterinario pasa a considerarse como un posible responsable de los resultados obtenidos al final de su práctica o intervención, pudiendo ser reclamado por sus propios “pacientes/clientes”, si estos le consideran como tal. Sin duda, una compleja situación para el veterinario desde el punto de vista de su participación ya que tratando de resolver un problema parece constituirse directamente en el “problema” propiamente dicho.

Otro de los cambios que ha generado esta situación, el desarrollo de la exigencia de responsabilidad profesional veterinaria, se ha reflejado en las características intrínsecas de los procedimientos o modelos de prestación profesional propiamente dichos. El veterinario, al igual que ha ocurrido en la medicina, ha implementado nuevos procedimientos en sus prestaciones de servicios, pudiendo afirmar que, en la actualidad, se ha desarrollado una especie de “medicina defensiva”, en la que el veterinario realiza una serie de evaluaciones justificadas, no tanto por sus necesidades profesionales o sanitarias, sino como defensa ante una posible acción reclamatoria por parte del cliente. Esta situación ha dado lugar a cambios muy importantes en las características de los servicios profesionales: se han hecho más complejos y sofisticados, dando lugar a prestaciones con un incremento de los tiempos de atención o consulta, el aumento de las gestiones administrativas dentro de la prestación sanitaria (elaboración de documentos legales de interés veterinario como, por ejemplo, el consentimiento informado escrito, la elaboración de presupuestos económicos, los partes veterinarios de alta médica y quirúrgica, las autorizaciones escritas para procedimientos especiales, etc.) la realización de un mayor número de pruebas diagnósticas que justifiquen sus conclusiones diagnósticas y terapéuticas y, entre otros, el incremento de costes sanitarios en general (tanto diagnósticos como terapéuticos). A su vez, estos elementos se han constituido como catalizadores de las exigencias por parte de sus clientes de las responsabilidades derivadas de sus prácticas profesionales, pues el incremento de la atención y de sus costes económicos vuelve a derivar en una mayor vigilancia del facultativo en su ejercicio y, al mismo tiempo, una mayor exigencia de sus resultados.

Toda esta situación, ha dado lugar a una especie de incertidumbre en el ejercicio cotidiano del veterinario. En la actualidad, las reclamaciones profesionales han dejado de ser algo desconocido, algo que con carácter excepcional afectaba a algún veterinario, para transformarse en una posibilidad objetiva, con una cierta frecuencia e incidencia. Las reclamaciones representan un hecho objetivo que el veterinario puede padecer en su ejercicio habitual y que debe considerarlas como una parte de la gestión de su profesión, respondiendo a estos nuevos escenarios con modelos estructurados y específicos.

Las acciones de responsabilidad profesional son consideradas por el colectivo de las profesiones sanitarias y, en particular, por los veterinarios en el ejercicio de la clínica y de la cirugía, como uno de los problemas que mayor preocupación despiertan en relación a la prestación de su actividad profesional. Las reclamaciones se han presentado, prácticamente, en todas las áreas de dedicación del veterinario siendo, incluso, los facultativos más especializados y prestigiosos en áreas concretas de ejercicio profesional, sujetos de este tipo de acciones reclamatorias. Estos nuevos escenarios en el ejercicio de la práctica requieren de un proceso de formación por parte del veterinario que conduzca a la adaptación de sus prácticas tradicionales a los mismos. Un ejemplo que ilustra esta situación lo podemos encontrar en el área de dedicación de los animales de compañía, donde se están creando ámbitos de dedicación profesional cada día más especializadas. Por ejemplo, la oncología, donde en la práctica habitual del veterinario se enfrenta a situaciones muy complejas que superan a la relación directa entre el veterinario y su paciente para poder dar lugar a consecuencias que pueden alcanzar diversos escenarios, pudiendo generar daños a otros niveles como perjuicios a terceros, como a los equipos profesionales (veterinarios y auxiliares), a los propietarios del animal que recibe la terapia o, incluso, medio ambientales.
Es preciso que el profesional conozca todos los aspectos científicos relacionados con la oncología, así como las exigencias y obligaciones legales que se desprenden de la práctica concreta de esta actividad. Nos referimos, por ejemplo, al establecimiento de las medidas de prevención necesarias para poder realizar dicha prestación con todos los elementos de seguridad necesarios que eviten que el uso de citotóxicos pueda tener consecuencias indeseadas en otros órdenes, como por ejemplo, una contaminación accidental del personal que maneja cotidianamente estos medicamentos por la falta de implementación de las medidas de seguridad necesarias para el manejo seguro de estos principios activos, pudiendo desencadenar enfermedades cancerígenas, como por ejemplo linfomas, con todas las derivadas que de ello se desprenden.

El ejemplo de la atención oncológica creemos que es claro para entender lo que se entiende por una buena “praxis profesional”, o lo que es igual, una prestación de servicios veterinarios dentro de la “lex artis ad hoc”, que no solo se concreta en al acto clínico propiamente dicho, sino que requiere una serie de cumplimientos de carácter normativo propios de cada tipo de prestación y que resultan de la responsabilidad del propio veterinario. Del incumplimiento de estas obligaciones legales, se pueden derivar importantes responsabilidades profesionales en diferentes ámbitos legales como el civil, penal, administrativo o deontológico-disciplinario, con importantes consecuencias para el facultativo, que debemos prevenir con una correcta formación profesional entendida globalmente, tanto en el área de ejercicio donde se presta nuestra atención como en el ámbito legal que regula toda nuestra prestación.

Otra situación que ilustra las bases de lo expuesto está representada por la realización de los estudios radiológicos por los veterinarios. Los equipos de diagnóstico de imagen radiológicos emplean radiaciones ionizantes que también suponen un elemento potencialmente dañino para las personas que pueden ser expuestas a ellos. Su uso, tan ampliamente extendido dentro de las actuaciones clínicas y diagnósticas del veterinario, requiere el cumplimiento de una reglamentación estricta, donde se exigen el empleo de personal cualificado en esta materia, el uso elementos de protección adecuados para cada tipo de instalación, así como para el personal que participa en su manejo. Se exigen procesos de formación acreditados, programas de actualización de su manejo, sistemas de protección física para el personal, modelos de control que permitan conocer la dosis de radiación acumulada en los operadores (dosimetría individual), así como controles independientes y regulares que certifiquen la seguridad operativa de estos sistemas. Por tanto, un correcto ejercicio profesional no estará representado, exclusivamente, por una adecuada proyección radiológica desde el punto de vista de la utilidad diagnóstica, sino que es preciso obtener dichas imágenes cumpliendo una normativa o exigencias legales precisas, sin las cuales se pueden generar situaciones con resultado de daños a terceros que situarían al veterinario dentro de la responsabilidad por una práctica incorrecta, inadecuada o imprudente.

Podíamos definir los elementos vistos hasta el momento como los factores intrínsecos o dependientes directamente del veterinario en el ámbito de la responsabilidad profesional. También existen otros factores que influyen en las exigencias profesionales del veterinario, cuyo origen no está en el propio sector profesional, sino que reside en el seno de la sociedad donde ejerce y que, por tanto, no dependen directamente de él. Nos referimos a los factores extrínsecos o externos. Aquí podemos encontrarnos elementos muy dispares como los cambios sociales y culturales de la sociedad, las modificaciones legales genéricas que influyen indirectamente en la práctica profesional o, entre otras, las modificaciones de los marcos legales en lo que el veterinario ejerce su actividad habitualmente.

 

1.3. ÁMBITOS DE RECLAMACIÓN PROFESIONAL VETERINARIA

La responsabilidad profesional veterinaria puede generarse en distintos ámbitos o áreas de exigencia. A lo largo del texto vamos a analizar con profundidad, dos de los escenarios más relevantes, el penal y el civil. El primero de ellos, el ámbito penal de la responsabilidad profesional, con una limitada incidencia dentro de este colectivo profesional, pero con gran trascendencia por la naturaleza de sus sanciones dentro del marco del Código Penal. El segundo, el ámbito civil de la responsabilidad profesional, a diferencia del anterior, cada día más frecuente y con una importante influencia en el ejercicio cotidiano del facultativo, donde básicamente se establece una reclamación de naturaleza económica. Por ello, en la presente obra vamos a centrarnos en estos dos ámbitos.

Señalar que cada día son más las acciones que se interponen contra los veterinarios en el ámbito civil, constituyendo un área de reclamación muy frecuente. Con mucha menor incidencia, también en el ámbito penal se están registrando acciones frente al veterinario, con las importantes repercusiones profesionales y personales que de ello se derivan al poder dar lugar a penas de privación de libertad y suspensión profesional, como veremos seguidamente de forma detallada.

http://amazingbooks.es/rpveterinario-clase-1

http://amazingbooks.es/rpveterinario-clase-2

 

 

CAPÍTULO 2

RESPONSABILIDAD PENAL DERIVADA DEL
EJERCICIO PROFESIONAL